13 de noviembre de 2013

Ley de proteccion de los animales en dominicana

. El artículo 30 de la Ley 248-12 de Protección Animal y Tenencia Responsable establece: "Prohibición de acarreo y venta de productos empleando animales. Queda prohibido en el ámbito de las ciudades y centros urbanos de todo el territorio nacional, y se considera crueldad animal, el uso de animales para el arrastre de carretas u otros vehículos empleados en la venta de productos comestibles, el traslado de ajuares y todo tipo de acarreo".
http://www.diariolibre.com/ecos/2013/10/29/i408723_unidad-proteccian-animal-del-ministerio-pablico-rescata-caballos.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario

PERIODISMO DOMINICANO
Idel Moro es Lic. Ramon Nuñez Moreta - Periodista. egresado UASD.